Equipo interdisciplinario del humedal de Córdoba

Un derecho colectivo hecho realidad

Por qué se interpuso?

En el año de 1998, la administración del Alcalde Enrique Peñalosa diseñó un proyecto con el título de “Rehabilitación de las Zonas de Ronda y Zonas de Manejo y Preservación Ambiental del Humedal De Córdoba y el Plan para los Diseños Hidráulicos del Sistema Córdoba – Juan Amarillo – Jaboque” las cuales en realidad eran obras de tipo urbanístico para la construcción de senderos, ciclorutas y plazoletas, provistas de mucha iluminación, llevándose por delante con ello, más de 1.150 árboles, aumentando la fragmentación del humedal y afectando el equilibrio del ecosistema. Además, se proponía realizar dragados masivos en todo el humedal destruyendo su más importante valor natural, la vegetación de litoral, creando con ello un embalse homogéneo sin diversidad biológica, véase Humedal Tibabuyes y Jaboque. Estas obras reducían drásticamente la biodiversidad del humedal, especialmente, en aves.

Lo más irónico es que esas obras no solucionaban el principal problema del humedal, la contaminación de sus aguas, aspecto que no se menciona en el documento. Al analizar este proyecto, después de dos años de acercamiento, conversación y recopilación de información, de parte del Comité Ambiental de la JAC de Niza Antigua con la EAAB y el DAMA, se comprobó que desconocía toda la legislación ambiental vigente, incluso, el Tratado Internacional de Humedales RAMSAR y el de Diversidad Biológica. El proyecto, en los términos propuestos, era completamente ilegal. Por esta razón, no quedó otro camino ante la negativa del Distrito de mejorar y corregir el proyecto, que interponer una Acción Popular contra la EAAB, el DAMA y la Alcaldía Mayor de Bogotá por el desconocimiento de los siguientes derechos colectivos consagrados en la constitución de 1991:

  • A la existencia del equililbrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

 

  • La conservación de las especies animales y vegetales.

 

  • La protección de áreas de importancia ecológica.